Gobierno de rio negro
Logo de Registro Civil
General

Por la planta cloacal, llega la instancia de participación ciudadana a Playas Doradas

Con el objetivo de debatir sobre el impacto ambiental que tendrá la futura planta cloacal en Playas Doradas, que se construirá con fondos del Plan Castello, se largó la convocatoria para participar de la audiencia pública. Será el 22 de agosto.

Fecha: 22 de julio de 2019

La obra brindará un servicio óptimo a toda la población y a  miles de turistas,  cuidando el ambiente, bajo el concepto de vuelco cero.

La jornada se llevará a cabo en la Hostería "La Posada de la Luna", (Manzana 601, Lote 1) a partir de las 10.

Se trata de la construcción del Plan Director de Cloacas para Playas Doradas, una obra esencial que es posible gracias al Plan Castello y que llegará a toda la comunidad de la villa turística. El sistema, brindará el servicio durante el año y en temporada alta, con la instalación de 21 kilómetros de cañerías y la habilitación de 1.339 conexiones domiciliarias.

“Esta obra es clave para que la ciudad turística pueda seguir desarrollándose de una forma ordenada. La nueva planta cloacal, cubrirá el servicio por 20 años acompañando el crecimiento y fundamentalmente cuidando el ambiente”, subrayó el superintendente del DPA, Fernando Curetti.

De esta manera, los interesados podrán tomar vista de las presentes actuaciones y del expediente, dentro del horario de 8 a 13, en la Oficina de Aguas Rionegrinas SA. en calle Ricardo Balbín N° 415, de Sierra Grande. Asimismo, se pondrá a disposición de la ciudadanía un resumen del proyecto y una copia del Estudio de Impacto Ambiental en la Delegación de Turismo de Sierra Grande en Playas Doradas, en Av. Buccino y Golfo San Matías.

Por otro lado, los interesados comprendidos en el Art. 13º de la Ley J Nº 3.284 podrán inscribirse para participar como oradores de la audiencia en esos mismos lugares, hasta 72 horas antes de la realización de la audiencia, debiendo invocar un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva. En caso de representación de personas jurídicas se deberá acreditar la personería con los instrumentos correspondientes. La extensión de las participaciones no excederá de los cinco minutos, según lo normado por el art. 26 de la citada Ley Provincial.

 

 

 

Temas relacionados

" // Page // no data