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Avances en distintas acciones que permitan hacer realidad en la provincia el voto parroquial

La directora de Asuntos Electorales e Innovación Tecnológica, María Julia Muda, anunció que se avanzará en la digitalización de la cartografía electoral provincial, con vistas a la implementación en la provincia del voto parroquial.

Fecha: 27 de agosto de 2014
Con el cumplimiento del Decreto 359/14 por parte de los municipios, la información disponible de la infraestructura de datos espaciales de Río Negro y la tarea que viene desarrollando el Registro Civil, podremos hacer realidad el voto parroquialCrédito: Gobierno de Río Negro
El voto parroquial o por cercanía de domicilio es el sistema que permite la confección de los padrones electorales considerando el lugar de residencia del elector, eliminado las barreras territoriales para la consecución del derecho de sufragio.
Muda informó que mantuvo reuniones con el gerente de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria, Rodolfo Origlia, y representantes de la IDERN (Infraestructura de Datos Espaciales Río Negro), Hector Ockier y Sergio Arnal.
Explicó que en ese marco se estableció un cronograma de trabajo para la digitalización de la cartografía electoral provincial con el  geógrafo Jorge Takahashi de la Cámara Nacional Electoral y representantes técnicos de la Justicia Federal Electoral.
Destacó que estas acciones en marcha constituyen avances concretos para poder hacer realidad en la Provincia el voto parroquial.
Recordó que en función de abrir el proceso para la instrumentación del voto parroquial, durante el 2012 el gobernador Alberto Weretilneck aprobó por decreto (359/14) la reglamentación del inciso d) del artículo 18 de la Ley O Nº 2431, del Código Electoral y de Partidos Políticos.
Indicó que allí se fijaron plazos y pautas para que los Municipios puedan presentar su propuesta de división de jurisdicción electoral y actualizar el nomenclador de calles y barrios, lo cual resulta imprescindible para que los registros de electores se confeccionen teniendo en cuenta el domicilio del elector y los barrios o sectores en que se dividan los municipios.
Destacó que “la reglamentación toma como parámetro las pautas que fija la Cámara Nacional Electoral para todo el territorio argentino, y tiene como finalidad generar un circuito virtuoso de la información”.
Explicitó que de esta manera “los datos que nos suministren los municipios permitirán generar una tabla normalizada de domicilios para el Registro Civil (a través del RENAPER) y actualizar el registro de electores a nivel onal, y en consecuencia a nivel provincial y municipal”.
Finalmente, Muda sostuvo que “con el cumplimiento del Decreto 359/14 por parte de los municipios, la información disponible de la infraestructura de datos espaciales de Río Negro y la tarea que viene desarrollando el Registro Civil, podremos hacer realidad el voto parroquial en la Provincia”.
 

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