El REDAM (Ley D N° 3475) reúne el listado de todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas.
El Registro de Obstructores de Vínculos (Ley N° 4456) incluye a toda persona, padre, madre, tutor o guardador, que impide el vínculo de los hijos o hijas con el progenitor no conviviente o familia extendida, entendiéndose por ésta a los abuelos, tíos, primos y nuevos hermanos.
El hecho de estar incluido en estos registros implica limitaciones del ciudadano o ciudadana para contratar con el Estado o acceder a cargos públicos.
Las altas y bajas del REDAM y del OV se dan por orden judicial. El certificado que acredita la condición de un ciudadano en relación a estos registros tiene validez por 60 días.