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Matrimonios

Aquí encontrarás los requisitos para contraer matrimonio ante el Registro Civil de las Personas de Río Negro.

¿A quién está dirigido?

A los ciudadanos interesados en contraer Matrimonio Civil.

¿Cuándo es necesario realizarlo?

A solicitud de los interesados se deberá solicitar turno con una antelación de 15 días a 30 días, dependiendo del lugar donde se realice la ceremonia.

¿Quién puede realizarlo? ¿Es personal?

Es personal. Deberán asistir ambos contrayentes al momento de la solicitud.

¿Qué necesito para hacerlo? (Documentación/Requisitos)
  • Acta de Nacimiento de los contrayentes (no obligatoria).
  • Documento Nacional de Identidad de los contrayentes.
  • Documento Nacional de Identidad de los testigos.
  • Análisis prenupciales (Hospital).
  • En el caso que declaren haber contraído matrimonio con anterioridad tienen que presentar, según corresponda: Acta de defunción del cónyuge anterior o Acta del matrimonio anterior con marginal de divorcio o -en su defecto- copia debidamente legalizada de la sentencia ejecutoriada que hubiera declarado la muerte presunta del cónyuge anterior.
  • En caso que opten por Convención Matrimonial, presentarla con una copia de la misma.
  • Formulario: de Solicitud Inicial de Matrimonio.
¿En qué horario se puede hacer?

De lunes a viernes de 8:00 a 12:00

¿Tiene costo?
  • La Libreta de Familia se entrega de forma GRATUITA.
  • Por cada inscripción en la libreta de familia y por cada reposición de libreta de familia extraviada, tendrás que abonar $1.700. Descargá la boleta
  • Por cada testigo excedente de los previstos por ley, ($3.000). Descargá la boleta
  • En cuanto a los montos de la Ley 3558, de matrimonio a domicilio, el ciudadano seguirá abonando (con una antelación no mayor a 72 horas de la realización del servicio) mediante depósito o transferencia en la cuenta Nº 900001698 Cta. Cte. en Pesos del Banco Patagonia o, a través de transferencia electrónica a esa misma cuenta al C.B.U. 0340250600900001698001.- (Alias: PERA.PAREJA.JARRON) C.U.I.T. 30639453282.
  • Se detallan a continuación las siguientes opciones (Ley N° 5265):
    1. Celebración de matrimonio en oficina fija del Registro Civil, en día y/u horario inhábil: $15.000
    2. Celebración de matrimonio en oficina móvil del Registro Civil, en día y horario hábil*: $20.000
    3. Celebración de matrimonio en oficina móvil del Registro Civil, en día ú horario inhábil*: $45.000
¿Dónde realizo el trámite?
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