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Autorización de viajes para menores dentro del territorio nacional

Si vas a viajar por el país en micros de larga distancia junto con un/a menor de edad podrás hacerlo si acreditás que es tu hijo/a o sos su representante legal.

¿Cómo la obtengo?

Para obtener esta autorización deberás completar el formulario otorgado por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte y certificar la firma del mismo ante oficial público del Registro Civil y Capacidad de las Personas.

¿A quién está dirigido?

A la madre, el padre o representante legal autorizada/o judicialmente. Si el/la menor se traslada con uno/a de sus progenitores no se necesita la autorización del otro/a progenitor/a, pudiendo acreditar el vínculo entre el/la menor y el/la representante legal con la partida de nacimiento o el DNI de ambos, siempre y cuando en el DNI del/la menor figuren sus progenitores. 

NO CONFUNDIR este trámite con las autorizaciones de viajes al exterior del país.

¿Cuándo es necesario realizarlo?

Cuando un/a menor de edad se traslade en un transporte de pasajeros dentro del país (interjurisdiccional).

¿Quién puede realizarlo? ¿Es personal?

Si, es personal.  La madre, el padre o representante legal autorizada/o deberán presentarse con la documentación requerida. 

Al respecto, hay que señalar que la nueva regulación (Resolución SGT 43/2016 y Resolución CNRT) establece que: 

  • Si el/la menor tiene menos de 6 años podrá viajar únicamente acompañado por  representante legal o persona autorizada.
  • Menores de entre 6 y 12 años inclusive deberán viajar acompañados/as por representante Legal, persona autorizada o utilizando el servicio de menor no acompañado que podrán brindar las empresas. 

Quienes tienen entre 13 y 17 años podrán viajar acompañados/as o solos/as, contando con las autorizaciones requeridas.

¿Qué necesito para hacerlo? (Documentación/Requisitos)

1) Descargar el formulario donde se deje asentada la autorización expresa con indicación del destino, los plazos, los motivos y los datos del/la acompañante en el caso de que lo/a hubiera. 

2) Acreditar el vínculo filiatorio mediante la siguiente documentación (se debe presentar copia y exhibir el original): 

  • Acta de Nacimiento o DNI/Pasaporte del/la menor (siempre que estos contengan el nombre de sus representantes legales);
  • DNI del/la progenitor/a que autoriza;
  • DNI del/la acompañante autorizado/a (en los casos que corresponda). 

También se puede acreditar el vínculo con:

  • Libreta de matrimonio con nacimiento asentado;
  • Testimonio judicial de adopción.
¿En qué horario se puede hacer?

De lunes a viernes de 8 a 12 hs.

¿Tiene costo?

Sin costo

¿Dónde realizo el trámite?

En la delegación del Registro Civil más cercana.

IMPORTANTE

La autorización es un documento público no retenible por la empresa de transporte. 

Para tal fin se deberá completar el formulario otorgado por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte y certificar la firma del mismo ante oficial público del Registro Civil y Capacidad de las Personas.

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