A todas las personas cuya acta haya sido inscripta en el territorio de la provincia.
Cuando sea necesaria la corrección de datos en dichas actas.
Pueden efectuar el trámite las/los titulares de las actas a rectificar mayores de edad (con su identificación) o un familiar probando el vínculo.
Se aconseja realizar la consulta personalmente en la delegación correspondiente del Registro Civil con las partidas pertinentes, dado que podrían requerirse documentos adicionales.
De lunes a viernes de 8 a 12 hs
Sin costo