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Inscripción del cese de la unión convivencial

Consiste en la inscripción del fin de la convivencia a pedido de una o ambas partes de la misma.

La persona realiza la solicitud en la delegación más cercana y la misma es remitida a la Dirección del Registro Civil para su correspondiente protocolización.

¿En qué consiste?

Consiste en la inscripción del fin de la convivencia a pedido de una o ambas partes de la misma. La persona realiza la solicitud en la delegación más cercana y la misma es remitida a la Dirección del Registro Civil para su correspondiente protocolización.

¿A quién está dirigido?

A los ciudadanos previamente inscriptos en los libros de Unión Convivencial del Registro Civil de la provincia de Río Negro.

¿Cuándo es necesario realizarlo?

Cuando la convivencia termina por alguna de estas causas:

  1. Por muerte de uno/a de los/as convivientes.
  2. Por sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento de uno/a de los/as convivientes.
  3. Por matrimonio o nueva unión convivencial de uno/a de sus miembros.
  4. Por el matrimonio de los/as convivientes.
  5. Por mutuo acuerdo.
  6. Por voluntad unilateral del alguno/a de los/as convivientes notificada fehacientemente.
  7. Por el cese de hecho de la convivencia.
¿Quién puede realizarlo? ¿Es personal?

Cualquiera de los/as convivientes, según el caso.

¿Qué necesito para hacerlo? (Documentación/Requisitos)

En primer lugar debe completar la Solicitud de Registro de Cese de Unión Convivencial - Art 523 C.C.C.N.

Según el motivo de cese de la convivencia deberá presentar además:

  1. Por muerte de unoo/a de los/as convivientes: copia del acta de defunción.
  2. Por sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento de uno/a de los/as convivientes: copia de la sentencia que determine la presunción del fallecimiento.
  3. Por matrimonio o nueva Unión Convivencial de uno/a de sus miembros: copia del acta del matrimonio o de la nueva unión convivencial.
  4. Por el matrimonio de los convivientes: copia de acta de matrimonio.
  5. Por mutuo acuerdo: no requiere documental adicional, sólo la expresión de voluntad vertida en la solicitud.
  6. Por voluntad unilateral del alguno/a de los/as convivientes notificada fehacientemente: el instrumento idóneo a tal efecto es la carta documento, de la cual será necesario que se agregue en copia. En todos los casos en que se haya realizado la inscripción en los libros de Unión Convivencial.
  7. Por el cese de hecho de la convivencia: En este caso el la personaciudadano deberá realizar una declaración jurada con dos testigos que acrediten el cese de la convivencia. Cuando se haya realizado la simple Declaración Jurada de Convivencia.  
¿En qué horario se puede hacer?

De 8 a 12 hs.

¿Tiene costo?

Sin costo

¿Dónde realizo el trámite?

En la delegación del Registro Civil más cercana. Preferentemente en la delegación donde fue inscripta la Unión Convivencial. Conocé las delegaciones existentes.

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